La Jurisdicción Especial para la Paz JEP, acreditó a la Asociación Campesina del Valle del Río Cimitarra Red Agroecológica Nacional ACVC-RAN, como víctima colectiva en el marco del Caso 08: “Crímenes cometidos por miembros de la fuerza pública, otros agentes del Estado, o en asociación con grupos paramilitares, o terceros civiles, por causa, con ocasión, o en relación directa o indirecta con el conflicto armado colombiano”. Un macro caso que investiga grandes patrones de macrocriminalidad que integran un repertorio amplio de conductas criminales como asesinato, masacres, desaparición forzada, tortura, privación ilegal de la libertad, violencia sexual, despojo y desplazamiento forzado. 

La ACVC – RAN solicitó el reconocimiento de su calidad de víctima como sujeto colectivo por la reiterada violencia que han ejercido diversos actores del conflicto armado colombiano en contra del campesinado del Valle del Río que la integra y por las repercusiones que esto ha generado en su proceso organizativo como asociación campesina.

En la decisión, la Sala de Reconocimiento de Verdad identificó que las capacidades organizativas, la autonomía, presencia y participación comunitaria de la ACVC, así como sus procesos colectivos, se vieron afectados por los asesinatos, desapariciones y desplazamientos forzados, atentados y amenazas de las que han sido víctimas los miembros de su junta directiva, integrantes.

Tras resolver la solicitud radicada por la organización el 9 de marzo de 2022 donde se presentó ante esta jurisdicción el informe denominado “Para que se haga justicia: Por los derechos de las campesinas y los campesinos del valle del río Cimitarra”. En el informe se documentan ejecuciones extrajudiciales, desapariciones forzadas, torturas, desplazamientos forzados, amenazas, hostigamientos, entre otras conductas dirigidas en contra de los integrantes de la ACVC – RAN y las comunidades de la Zona de Reserva Campesina del Valle del Río Cimitarra, del sur de Bolívar, del noreste antioqueño y Magdalena Medio.

En el informe se reseñan las agresiones de las que ha sido víctima la ACVC – RAN y su estructura organizacional: 

  • 19 casos de ejecuciones extrajudiciales y desapariciones forzadas
  • 2 casos emblemáticos de tortura y desplazamiento forzado.
  • 11 casos de órdenes de captura en contra de integrantes de la directiva de la
  • ACVC en el marco de una estrategia de estigmatización.
  • Actos de injuria y calumnia por parte de líderes políticos.
  • 6 casos de amenazas y hostigamientos en contra de líderes de la ACVC.
  • 56 casos que dan cuenta de otras agresiones dirigidas contra la ACVC y las comunidades campesinas del valle del río Cimitarra, sur de Bolívar y noreste antioqueño, ocurridas entre el 2008 y el 2010 donde se incluyen intimidaciones, amenazas, retenciones ilegales, ejecuciones extrajudiciales; fumigaciones indiscriminadas en el sur de Bolívar sobre bosques, ríos, quebradas, pastos y cultivos que han causado afectaciones en la salud de los habitantes del territorio y con esto, el incremento del desplazamiento forzado de campesinos; lesiones físicas, hurto de bienes civiles, retenes ilegales, violencia sexual, tortura, retenciones ilegales, bloqueos económicos y allanamientos irregulares.
  • 121 casos registrados en un anexo sobre agresiones en contra de la ACVC y comunidades campesinas afiliadas que tuvieron lugar desde el 2011 hasta el 2014. 

En la presente decisión se abordó el derecho a la participación de las víctimas en el proceso ante la Sala de Reconocimiento, procedimiento de acreditación de la calidad de víctima ante la Sala de Reconocimiento de Verdad, de Responsabilidad y de Determinación de los Hechos y Conductas, la acreditación de los sujetos colectivos, la calidad de sujeto colectivo de la ACVC – RAN, el cumplimiento de los requisitos para la acreditación de la ACVC – RAN y derechos específicos que surgen con la acreditación ante la SRVR.

Todo esto se debe a el Acuerdo Final de Paz entre el Gobierno Nacional y las extintas FARC-EP generando acciones para la construcción de la paz, de manera estable y duradera en los territorios, ya que la implementación del mismo se ha tenido que desarrollar en medio de la sistemática violación de los derechos humanos, el derecho humanitario y los derechos de los campesinos, por parte de integrantes de grupos armados y el Estado, sin que se activen y sostengan por parte del Estado garante mecanismos eficaces que impidan que estas acciones sigan ocurriendo, pese a constituirse como obligaciones contenidas en el texto del Acuerdo.

Con esta acreditación resaltamos la búsqueda de la verdad, la reparación y no repetición en memoria de los líderes y lideresas campesinos del valle del río cimitarra que dieron su vida por la lucha y permanencia en el territorio, se seguirá trabajando en la búsqueda constante por territorios libres de guerra, como parte de su legado.

“Ni un minuto para la guerra, toda una vida para la paz”